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Plan Nacional Sobre Drogas

PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS:
• Procedimiento de adjudicación.
• Forma de presentación de ofertas.

REQUISITOS PARA CONCURRIR:
• Requisitos generales de carácter jurídico.
• Constitución de las garantías.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LOS LICITADORES:
• Sobre nº 1. Documentación administrativa.
• Sobre nº 2. Oferta económica por escrito.

LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS, DOCUMENTACIÓN Y GARANTÍAS

EXPOSICIÓN DE LOS BIENES

DESIGNACIÓN DE LA MESA DE SUBASTA, CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN Y APERTURA DE OFERTAS:
• Designación de la mesa de subasta.
• Calificación de la documentación.
• Apertura de ofertas.

FORMA DE CELEBRACIÓN DE LA SUBASTA , PROPUESTA Y ADJUDICACIÓN DE LOS BIENES:
• Forma de celebración de la subasta.
• Propuesta de adjudicación de los bienes.
• Adjudicación de los bienes.

NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN

OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO:
• Abono del precio y otros gatos y consecuencias de su incumplimiento.
• Abono de gastos declarados por cuenta del adjudicatario.

OBLIGACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN:
• Entrega del bien subastado.
• Devolución de las garantías constituidas.



- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACION Y FORMA DE PRESENTACION DE OFERTAS:

Procedimiento de adjudicación

La enajenación se adjudicará por el procedimiento de subasta pública, de acuerdo con lo previsto en el artículo 17.2 del Reglamento.

La intervención en la subasta significa que el licitador conoce y acepta el estado del bien en el momento de su celebración así como la aceptación del presente pliego en todos sus términos.

Forma de presentación de ofertas

Los licitadores podrán presentar sus ofertas en forma verbal y escrita .

•  La presentación verbal de las ofertas tendrá lugar en el acto público de celebración de la subasta, por el sistema de pujas a la llana.

•  Las ofertas por escrito se presentarán en un sobre ( sobre nº 2), en el que se indicará el número de lote o lotes a que se oferta, y si es para la primera o segunda convocatoria de la subasta. En este sobre se incluirán únicamente las ofertas económicas que deberán ir necesariamente firmadas y se ajustarán al modelo que se que se facilita.

Se presentará una sola oferta por cada lote. La contravención de esta prohibición dará lugar a la inadmisión de todas las ofertas incursas en duplicidad.

La Mesa defenderá las propuestas que se hayan presentado por escrito en el acto público de celebración de la subasta, partiendo del precio de licitación con arreglo a los tramos establecidos, hasta el máximo ofertado. Tales propuestas podrán ser retiradas por el licitador en el acto de la vista, en el momento inmediatamente anterior al inicio de la subasta o mejoradas durante la celebración de la puja.

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- REQUISITOS PARA CONCURRIR:

Requisitos generales de carácter jurídico

Podrán formular posturas para la adjudicación de la enajenación las personas naturales y jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan capacidad para contratar de acuerdo con las normas contenidas en el Código Civil, sobre capacidad general para toda clase de contratos y, en particular, para el contrato de compraventa, siempre que no concurran en alguna de las prohibiciones de contratar establecidas en el artículo 20 del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

La Mesa de Contratación efectuará la comprobación pertinente al examinar la documentación administrativa requerida a los licitadores, sin perjuicio del derecho de la Administración a hacerlo en cualquier otro momento previo o posterior a la adjudicación de la enajenación.

Constitución de las garantías

Para tomar parte en la subasta es indispensable constituir una garantía a favor de la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, del 20% de la cantidad que sirva de tipo para el lote o lotes a que se concurra.

Esta garantía podrá constituirse ante la Mesa de Subasta mediante consignación en efectivo, cheque bancario o cheque conformado a favor del Tesoro Público , o por consignación en la Caja General de Depósitos o en sus sucursales, encuadradas en las Delegaciones de Hacienda, o en las cajas o establecimientos públicos equivalentes de las Comunidades Autónomas o Entidades locales, de acuerdo con los requisitos y modelos establecidos.

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- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LOS LICITADORES:

Para tomar parte en la subasta los licitadores deberán presentar, dentro de plazo, los sobres que se indican a continuación. Estos deberán ir cerrados y firmados por el licitador o persona que lo represente haciendo constar en su exterior el nombre y apellidos o razón social, el número de la subasta y el número y denominación del sobre de que se trate, según se indica a continuación:

Sobre nº 1. Documentación administrativa

Se incluirán en el mismo los documentos que se indican a continuación para cada caso .

Dichos documentos deberán ser originales, copias auténticas o fotocopias compulsadas.

Persona física española:

- D.N.I. del licitador.

- Declaración responsable de no concurrir en alguna de las prohibiciones de contratar con la Administración , señaladas en el artículo 20, en la forma prevista en el artículo 21.5,del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

- D.N.I. o pasaporte del firmante de la proposición, cuando la proposición no sea presentada por el propio licitador.

- Poder bastante del que presenta la proposición, cuando no sea presentada por el propio licitador.

- Resguardo de constitución de la garantía

Persona jurídica española:

- Escritura de constitución o modificación inscrita en el Registro Mercantil, cuando fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.

- Declaración responsable de no concurrir en alguna de las prohibiciones de contratar con la Administración , señaladas en el artículo 20, en la forma prevista en el artículo 21.5,del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

- Certificado de inscripción de la empresa en el Registro Mercantil o en los correspondientes Registros de su propia ley nacional.

- D.N.I., documento equivalente al D.N.I. o pasaporte del que presenta la proposición.

- Poder bastante del que presenta la proposición.

- Resguardo de constitución de la garantía

Persona física no española:

- Documento equivalente a D.N.I. o pasaporte.

- Declaración responsable de no concurrir en alguna de las prohibiciones de contratar con la Administración , señaladas en el artículo 20, en la forma prevista en el artículo 21.5,del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas..

- Declaración de sumisión a la jurisdicción española y de renuncia a otro fuero.

- D.N.I., documento equivalente al D.N.I. o pasaporte del que presenta la proposición, cuando no sea presentada por el propio licitador.

- Poder bastante del que presenta la proposición, cuando no sea presentada por el propio licitador.

- Resguardo de constitución de la garantía

Persona jurídica no española:

- Documento de constitución.

- Declaración responsable de no concurrir en alguna de las prohibiciones de contratar con la Administración , señaladas en el artículo 20, en la forma prevista en el artículo 21.5,del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

- Declaración de sumisión a la jurisdicción española y de renuncia a otro fuero.

-Certificado de inscripción de la empresa en el Registro Mercantil o en los correspondientes Registros de su propia ley nacional.

- D.N.I., documento equivalente al D.N.I. o pasaporte del que presenta la proposición.

- Poder bastante del que presenta la proposición.

- Resguardo de constitución de la garantía.

Sobre nº 2. Oferta económica por escrito

Este sobre se presentará únicamente cuando el licitador presente la oferta económica por escrito, en la forma se ha especificado en el apartado FORMA DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS.

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- LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACION DE OFERTAS, DOCUMENTACION Y GARANTIAS:

El plazo de presentación se inicia al día siguiente de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado y termina a las 10 horas del día de celebración de la subasta.

La documentación se presentará en el Registro General de la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas.

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- EXPOSICIÓN DE LOS BIENES:

Los bienes que se subastan estarán expuestos en los locales, días y horas que se indiquen.

Los bienes podrán ser visitados por las personas interesadas pudiendo asistirles los peritos o técnicos que crean oportunos.

En la valoración de los mismos se ha tenido en cuenta su antigüedad y el estado actual de los mismos, lo que justifica, por tanto, que los adjudicatarios no podrán reclamar ningún tipo de responsabilidad o compensación económica como consecuencia de los defectos actuales de los bienes, que podrán ser perfectamente conocidos con anterioridad por los interesados examinándolos durante los días de exposición.

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- DESIGNACIÓN DE LA MESA DE LA SUBASTA , CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN Y APERTURA DE OFERTAS:

Designación de la mesa de subasta

Para la adjudicación de la subasta existirá una Mesa, con funciones de asistencia a la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones de la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, con los siguientes puestos:

Presidente

Vocal de la Abogacía del Estado

Vocal de la Intervención Delegada

Vocal

Secretario

La ausencia de cualquiera de los miembros de la Mesa de Subasta podrá ser cubierta por un funcionario de similar categoría, designado por la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones.

Se dará cuenta de las eventuales suplencias en el acto público de apertura de proposiciones, indicando el nombre del sustituido y del sustituto, puesto desempeñado por éste y actuación en que se produce su intervención. Se dejará constancia igualmente de las sustituciones en las actas que documenten las actuaciones de la Mesa de Subasta en que aquéllas se hayan producido.

La abstención o recusación se formularán por escrito, con alegación de las circunstancias que la motivan, ante la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones.

Calificación de la documentación

Finalizado el plazo de presentación de documentación y antes de la apertura, en su caso, de las ofertas por escrito, la Mesa se constituirá para examinar y calificar la documentación administrativa presentada en tiempo y forma.

Apertura de ofertas

Una vez calificada la documentación, la Mesa procederá, en sesión privada, a la apertura de las proposiciones económicas que se hayan presentado por escrito, quedando en su poder para ser defendidas por ésta en el acto público de celebración de la subasta.

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- FORMA DE CELEBRACION DE LA SUBASTA , PROPUESTA Y ADJUDICACIÓN DE LOS BIENES:

Forma de celebración de la subasta

La subasta se efectuará partiendo de los precios de licitación que se han establecido para cada lote en la primera convocatoria. La segunda puja se irá incrementando según los tramos señalados.

En el supuesto de que no concurriesen licitadores a la primera convocatoria o sus posturas fueran declaradas inadmisibles o no se adjudicare un bien o bienes, se celebrará una segunda y definitiva convocatoria, con una rebaja del 40 % en el tipo o valor de licitación inicialmente fijado.

No se admitirán las posturas que lo sean por debajo del tipo de licitación fijado para cada lote y convocatoria.

En las cifras señaladas como tipos de licitación, no se incluye el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales a cuyo pago está obligado el adjudicatario de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 828/1995, de 29 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

Tampoco está incluido el Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica del año en curso, cuyo pago será por cuenta del adjudicatario.

Propuesta de adjudicación de los bienes. Adjudicación de los bienes

La propuesta de adjudicación de la Mesa de Subasta recaerá en el postor que oferte el precio más alto.

En caso de empate, entre dos o más propuestas que contengan las ofertas más elevadas, así como cuando la igualdad de propuestas lo sea respecto al tipo o valor mínimo de licitación, la enajenación se efectuará en favor de la que se hubiese presentado primero, y en caso de igualdad en este supuesto el órgano competente para la enajenación resolverá por sorteo.

Adjudicación de los bienes

La Mesa de Coordinación de Adjudicaciones resolverá la adjudicación, de acuerdo con la propuesta de la Mesa de Subasta, salvo cuando se haya realizado con infracción del ordenamiento jurídico, en cuyo caso la propuesta quedará sin efecto. Se exceptúa el supuesto de que la infracción afecte exclusivamente al postor en cuyo favor se realiza la propuesta, en el que la adjudicación deberá recaer en favor del siguiente mejor postor.

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- NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN:

La Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas comunicará, a los adjudicatarios la resolución de adjudicación por escrito, mediante fax o cualquier otro procedimiento que deje constancia de su recepción.

Para el resto de los interesados la comunicación se efectuará mediante publicación de la resolución en el tablón de anuncios de la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, de conformidad con el artículo 59.5.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la citada Ley.

Transcurridos dos meses desde la celebración de la subasta sin haber recibido la notificación o haberse publicado la resolución de adjudicación, el licitador que lo desee podrá requerir por escrito en cualquier momento la retirada de su proposición y la devolución o cancelación de la garantía prestada, a lo que procederá obligadamente la Administración , salvo que el acuerdo de resolución de la subasta hubiera sido dictado antes de expirar el plazo indicado, debiendo en ese caso justificarlo así ante el licitador.

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- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO:

Abono del precio y otros gatos y consecuencias de su incumplimiento

El adjudicatario determinado en la subasta deberá ingresar en el Tesoro Público el importe del remate y los gastos del procedimiento en el plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente a la notificación de la resolución de adjudicación.

De no efectuar el ingreso en el plazo indicado decaerá automáticamente en su derecho, se acordará la pérdida de la garantía, sin menoscabo del resarcimiento a la Administración de los daños y perjuicios que hubiera podido ocasionar, y se adjudicará el bien al siguiente mejor postor.

Abono de gastos declarados por cuenta del adjudicatario

GASTOS DE ANUNCIO DE LA LICITACIÓN :

La Administración repercutirá al adjudicatario, en proporción al precio de adjudicación, el importe de los gastos de anuncio de la licitación, en base a las facturas previamente abonadas por ella.

El adjudicatario podrá requerir justificación de los abonos previamente efectuados por la Administración.

OTROS GASTOS :

Será por cuenta de los adjudicatarios cualquier obligación tributaria o gasto debidamente justificado relacionado con la celebración del procedimiento. Entre estos se incluyen el Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica del año en curso, todos los gastos que lleve consigo la documentación necesaria para la puesta en circulación, los de traslado y puesta a punto de los mismos.

Serán por cuenta de los adjudicatarios los gastos de matrícula, abanderamiento y registro de buques, embarcaciones y artefactos navales.

Asimismo serán por cuenta de los adjudicatarios los impuestos y tasas pertinentes y cualquier otro tributo o gasto debidamente justificado relacionado con la celebración del procedimiento, como los que lleve consigo la documentación necesaria, certificados o cualquier otro requisito para su puesta en navegación y servicio, así como los gastos que se puedan originar por el depósito y custodia de los bienes adjudicados una vez cumplidos los plazos legales para el ingreso del precio del remate, los demás gastos y el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, y transcurridos, como máximo, los cinco días hábiles para la entrega del bien o bienes subastados.

Los impuestos y gastos anteriormente mencionados deberán abonarse en la Unidad Administrativa o entidad correspondiente.

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- OBLIGACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN:

Entrega del bien subastado

Dentro del plazo de cinco días hábiles, contados desde el día siguiente a aquél en el que se acredite haber efectuado el abono del precio, los demás gastos y el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, se procederá a la entrega del bien o bienes subastados.

Devolución de las garantías constituidas

Concluido el acto de la subasta se devolverán las garantías constituidas a los postores a cuyo favor no hubiese quedado hecho el remate. A los adjudicatarios les serán devueltas una vez hayan abonado del importe del remate, los demás gastos del bien o bienes que se les haya adjudicado.

No se devolverá la garantía a los adjudicatarios que desistan después del remate.

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