En www.subastatotal.com podrá encontrar información sobre todo tipo de subastas oficiales de los siguientes organismos y/o bienes: Subastas de Juzgados Hacienda Seguridad Social Ayuntamientos Diputaciones Ministerios Guardia Civil Subastas de inmuebles pisos casas locales fincas terrenos rústicas vehículos coches camiones motos tractores Subastas de embarcaciones barcos yates maquinaria muebles tarjetas de transporte cuadros joyas informática Subastas de chalets apartamentos estudios bungalows oficinas aparcamientos amarres Subastas de animales aviones avionetas libros pieles solares chatarra acciones usufructos  traspasos
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Subastas Judiciales

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Subastatotal.com le ofrece toda la información acerca de las subastas judiciales o administrativas en España en las que, principalmente, los bienes han sido embargados, tanto por Administraciones públicas como por entidades bancarias, personas particulares, empresas, comunidades de propietarios, etc.

También se pueden celebrar subastas judiciales públicas de bienes procedentes de quiebras voluntarias, enajenación a menores o incapacitados, decomisos, abandonos, o tratarse de subastas judiciales de bienes que constituyen propiedad de las Administraciones, es decir, ventas de patrimonio.

El tipo de bienes que se ofertan en las subastas judiciales son muy variados: pisos, casas, chalets, apartamentos, estudios, bungalows, viviendas en general, subastas de locales comerciales, naves, fincas rústicas, embarcaciones, coches, camiones, tractores, motos, vehículos en general, subastas judiciales de terrenos, edificios industriales , maquinaria, subastas de ordenadores, material informático en general, muebles, cuadros, libros, subastas de joyas, pieles, ropa, zapatos, prendas deportivas, animales, subastas judiciales de tarjetas de transporte, licencias de taxi, participaciones sociales.

También pueden salir a subastas judiciales usufructos y derechos varios, alijos decomisados, chatarra, etc., es decir, cualquier cosa que a usted se le pueda ocurrir, puede salir a subasta pública. Puede estar seguro de que tarde o temprano se realizarán subastas judiciales del bien que usted busca, solo debe tener paciencia para conseguirlo en las condiciones más ventajosas.

Para las subastas judiciales, a partir de Enero del 2000, entra en vigor la Nueva LEC (Ley de Enjuiciamiento Civil), que realiza importantes cambios en las subastas judiciales, como por ejemplo, el hecho de que se pasa de celebrar 3 subastas judiciales con 20 días de diferencia y con reducciones del tipo, a celebrar solo una.

Dado que el número de subastas que quedan todavía por celebrar por la antigua ley es insignificante (sólo los expedientes anteriores al 2000), no creemos necesario hacer ninguna mención especial, puesto que de haberlas, encontrará usted las condiciones en la ficha correspondiente. Nos centraremos por tanto en las actuales, es decir, en las subastas judiciales celebradas por la Nueva Ley (Nueva LEC). En estas subastas judiciales generalmente no hay un precio mínimo de salida y los puntos a tener en cuenta son:

• Si se ofrece el 50% del precio en bienes muebles o el 70% en bienes inmuebles, el bien se adjudicará al mejor postor.
• Si se hace la misma oferta pero con la condición de pagar a plazos, el ejecutante tiene unos días para mejorar la postura.
• Si la postura es inferior al 50 % (muebles) o 70% (inmuebles), tiene prioridad de mejorar postura en las subastas judiciales el ejecutado presentado a un tercero que lo haga (el ejecutante no puede participar directamente en la subasta), de no hacerlo, podrá mejorar la postura entonces el ejecutante.
• También existe la posibilidad de ofrecer solo un 30% (bienes muebles) o 50% (bienes inmuebles) o incluso únicamente el importe de la deuda más intereses y costas. Lógicamente, este sería la forma de conseguir el mejor precio en las subastas judiciales, pero también la más arriesgada, puesto que en esas condiciones es fácil que la puedan mejorar el ejecutante o el ejecutado.

En caso de que ninguna de las posturas ofrecidas cumpla esas condiciones, el Tribunal decidirá la adjudicación según las circunstancias. Si no se decide ninguna adjudicación, se declarará la subasta sin postor. Actualmente, en las subastas judiciales, es posible financiar la compra de inmuebles negociando la hipoteca con el banco y presentándola en el juzgado correspondiente.
 
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