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PASOS DE CELEBRACIÓN DE UNA SUBASTA

Notariales Electrónicas

CONDICIONES GENERALES

  • Identificarse de forma suficiente
  • Declarar que se conocen las condiciones de la subasta
  • Presentar resguardo del depósito
  • Para participar en la subasta electrónica hay que estar dado de alta como usuario en el sistema. El alta se realiza a través del Portal de Subastas.
  • Los licitadores aceptarán como suficientes los títulos presentados o la falta de ellos.
  • Las cargas anteriores y preferentes quedarán subsistentes y deberá pagarlas el comprador.
  • Los bienes pueden ser liberados por el deudor en cualquier momento antes de la aprobación de remate

DEPÓSITO

Las personas que deseen licitar en la subasta, deberán hacer un depósito del 5%.

El depósito se realizará por medios electrónicos a través del Portal de Subastas.

En caso de que la subasta se suspenda por un periodo superior a 15 días, se hará la devolución de los depósitos.

Una vez finalizada la subasta, se devolverán los depósitos excepto el que corresponda al mejor postor. La devolución se hará a quien realizó el depósito, con independencia de su actuó en su nombre o en nombre de otro.

DESARROLLO DE LA SUBASTA

  • Las pujas se enviarán telemáticamente al Portal de Subastas. Dicho Portal estará conectado telemáticamente con los Notarios correspondientes.
  • La subasta admitirá posturas durante un plazo de 20 días naturales.
  • Dicha subasta no se cerrará hasta transcurrida una hora desde la última postura, siempre que esta sea superior a la última realizada hasta el momento.
  • Su desarrollo se ajustará, en todo aquello que no se oponga al presente capítulo, a las normas establecidas en la Ley de Enjuiciamiento Civil que le fueren aplicables.
  • Una vez finalizada la subasta y cuando haya recibido la información, el Notario cerrará el acta haciendo constar el bien o derecho adjudicado.

El comprador debe realizar el pago del resto desde el importe del depósito hasta el precio final, en el plazo de 10 días El pago se hará en la entidad adherida al Portal de Subastas a disposición del Notario.

No obstante, se procederá a la suspensión provisional del remate o adjudicación hasta que haya transcurrido el plazo establecido para el ejercicio, en su caso, del derecho de adquisición preferente de los socios o, en su caso, de la sociedad.

ADVERTENCIAS

Siempre hay que tener muy en cuenta, que la persona que consiga la subasta deberá pagar, además del precio ofrecido, las cargas anteriores y preferentes que haya sobre el bien, por lo que es sumamente importante que se tenga bien claro si existen cargas y en caso positivo, cual es el importe de las mismas.

Hay que recordar también, que en cualquier momento, antes de que el tribunal decida la adjudicación, el deudor puede recuperar sus bienes pagando la deuda, con lo que la subasta quedaría anulada.

Las condiciones que aquí explicamos son las generales. Puede existir algún cambio dependiendo de las circunstancias de la subasta. Todas las condiciones exactas deben consultarse en la secretaría de la Administración que la celebre, solicitando el expediente y las bases concretas de esa subasta.

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