Subastas de Notarías

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Subastas de Notarías

Desde el año 2015 dado que tanto los Secretarios judiciales como los Notarios son titulares de la fe pública judicial o extrajudicial se les atribuye, de forma concurrente, además de la tramitación y resolución de determinados expedientes, los de las subastas voluntarias. Este régimen se aplicará a la enajenación en subasta de bienes o derechos determinados, a instancia del propio interesado y fuera de un procedimiento de apremio. Para la actuación en este expediente no será preceptiva la intervención de Abogado y Procurador.

Se regirán por este régimen las subastas que se hicieren ante Notario en cumplimiento de una resolución judicial o administrativa, o de cláusula contractual o testamentaria, o en ejecución de un laudo arbitral o acuerdo de mediación o bien por pacto especial en instrumento público, o las voluntarias.

La subasta será electrónica y se llevará a cabo en el Portal de Subastas de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. La subasta se convocará por el Notario, a requerimiento de persona legitimada para instar la venta de un bien, mueble o inmueble, o derecho determinado, previo examen de la solicitud, dando fe de la identidad y capacidad de su promotor y de la legitimidad para instarla.

Las subastas de Notarías se encuentran dentro de las Subastas de Juzgados. Si desea conocer las subastas de Notarías de que disponemos, debe estar Abonado y buscar en el Buscador por Administraciones.

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